Modernización laboral y cierre de extraordinarias con triunfo oficialista. El Senado convirtió en ley la iniciativa impulsada por el Gobierno y le dio a la gestión de Javier Milei su mayor logro parlamentario en el final del período especial de sesiones. La norma fue aprobada con 42 votos a favor y 28 en contra, tras aceptar las modificaciones introducidas por Diputados y eliminar el polémico artículo sobre licencias médicas.
La Cámara alta dio luz verde al proyecto luego de cuatro horas de debate. El oficialismo de La Libertad Avanza logró articular apoyos con bloques dialoguistas como la Unión Cívica Radical, el PRO, peronistas disidentes y fuerzas provinciales. Solo dos legisladores de Santa Cruz se abstuvieron.
El cambio clave que destrabó la votación fue la eliminación del artículo 44, que modificaba el régimen de licencias médicas. Ese punto reducía los plazos de licencia paga y establecía distintos porcentajes salariales según el origen del accidente o enfermedad. Diputados suprimió esa disposición y el Senado avaló esa versión, evitando que el texto regresara a la Cámara baja.
Durante el tratamiento también se registraron otras concesiones. Se eliminó el artículo que contemplaba alivios en el Impuesto a las Ganancias para grandes empresas; se mantuvo el 6% destinado a obras sociales; y se reformuló el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pensado para asistir en el pago de indemnizaciones. Además, se extendieron plazos para la adecuación de estatutos laborales que inicialmente la Casa Rosada pretendía modificar de inmediato.
Uno de los movimientos más comentados fue la incorporación, como anexo, del traspaso de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires. Aunque se cuestionó el procedimiento parlamentario utilizado, la falta de resistencia opositora permitió avanzar sin mayores obstáculos.
Qué establece la modernización laboral
La ley introduce cambios estructurales en distintos ejes del régimen laboral:
Convenios colectivos: Se priorizan los acuerdos por empresa o región sobre los sectoriales y se elimina la ultraactividad automática de los convenios vencidos.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas y las MiPyMEs el 2,5%, fondos que se destinarán a cubrir indemnizaciones. Actualmente esos recursos integran el financiamiento del sistema previsional.
Vacaciones: Se habilita el fraccionamiento en períodos no menores a siete días, que deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, salvo acuerdo entre las partes.
Indemnizaciones: se mantiene el cálculo de un mes de sueldo por año trabajado, pero se excluyen conceptos como el aguinaldo y premios extraordinarios. Se fija un tope máximo y un piso mínimo del 67% del salario habitual. También se habilita el pago en cuotas, con actualización por inflación más un 3% anual.
Banco de horas: Se permite compensar horas extra con jornadas reducidas o francos, con un máximo de 12 horas diarias y respeto de los descansos legales.
Trabajadores de plataformas: Se crea la figura del repartidor independiente y se establece que su vínculo no constituye relación laboral.
Derecho a huelga: Los servicios esenciales deberán garantizar un funcionamiento del 75%, mientras que los denominados “trascendentales” deberán mantener un 50% de actividad. Se amplía el listado de servicios esenciales e incluye la educación.
Blanqueo laboral: Se prevé una eximición de hasta el 70% de deudas por aportes para regularizar trabajadores informales y se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con reducción de cargas patronales.
Con esta sanción, el oficialismo cierra las sesiones extraordinarias con un resultado político de alto impacto. La reforma laboral no solo redefine aspectos centrales de las relaciones de trabajo, sino que también abre un nuevo escenario de debate sobre empleo, productividad y derechos laborales en la Argentina.
