La celebración, que originalmente está prevista para el 26 de septiembre, fue trasladada al lunes 28 por acuerdo entre el gremio y las cámaras empresarias. Ese día tendrá el tratamiento de un feriado nacional y no podrá utilizarse como franco compensatorio.
Los trabajadores del sector mercantil ya tienen fecha confirmada para la celebración del Día del Empleado de Comercio 2026. La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresarias acordaron trasladar la conmemoración al lunes 28 de septiembre.
La fecha establecida originalmente por la Ley 26.541 es el 26 de septiembre, pero las partes resolvieron postergar la jornada dos días mediante un acuerdo firmado el 7 de septiembre en la Ciudad de Buenos Aires. El convenio ya fue presentado ante la Secretaría de Trabajo de la Nación para su correspondiente homologación.
Cómo se pagará el Día del Empleado de Comercio
El acuerdo establece que la jornada del lunes 28 deberá regirse por las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo y de la Ley 26.541. Además, se aclaró que el día no podrá ser utilizado por los empleadores como franco compensatorio del descanso semanal habitual.
En caso de que el trabajador no concurra a su puesto, cobrará su remuneración habitual y no podrá sufrir ningún descuento por el cese de actividades durante esa jornada.
Si, en cambio, debe trabajar, la jornada tendrá el tratamiento correspondiente a un día feriado. Para calcular el adicional, se debe dividir el sueldo mensual por 25 y sumar ese importe a la remuneración habitual del mes.
De esta manera, los empleados de comercio tendrán una jornada especial el lunes 28 de septiembre, con las condiciones salariales establecidas para los días feriados.
