En una sesión realizada el último día hábil de 2024, antes del receso judicial de verano, el Jurado de Enjuiciamiento de Jury desestimó la mayoría de los planteos formulados por la defensa de la jueza penal María Carolina Ballesteros en el juicio político que enfrenta por presunto mal desempeño de sus funciones. Sin embargo, declaró la nulidad de uno de los cargos de la acusación impulsado por el ministro fiscal Edmundo Jiménez.
Decisiones del Jurado
El Jurado, presidido por la vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Eleonora Rodríguez Campos, rechazó el pedido de nulidad total del proceso presentado por la defensa de Ballesteros. Este argumento se basaba en presuntos vicios constitucionales en la conformación de la Comisión de Juicio Político y del propio Jurado de Enjuiciamiento. Según el tribunal, no existe legalmente una excepción de litispendencia en procesos de remoción de magistrados, y destacó que la acción de amparo planteada por la jueza aún está pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia de la provincia.
Asimismo, el Jurado desestimó las recusaciones presentadas contra algunos integrantes de la Comisión de Juicio Político, incluido el legislador José Orellana, quien enfrenta una condena en doble instancia por abuso sexual. La defensa había argumentado que la participación de Orellana vulneraba el proceso, pero el Jurado resolvió que estos planteos eran extemporáneos, ya que no fueron formulados al momento de otorgarse el traslado previsto por la Ley 8734.
Anulación parcial de la acusación
El Jurado anuló el segundo cargo de la acusación, relacionado con una denuncia presentada por el ministro fiscal Edmundo Jiménez. Este cargo apuntaba a una supuesta violación al principio de congruencia en el ejercicio de las funciones de la jueza Ballesteros. Según la resolución, este cargo fue incorporado de manera posterior al pedido inicial de juicio político, impidiendo a la magistrada ejercer adecuadamente su derecho a defensa.
La nulidad del cargo elimina del proceso la posibilidad de que declaren como testigos el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Daniel Leiva, y el propio ministro fiscal, Jiménez. El tribunal consideró que la omisión en la que incurrió la Comisión Permanente de Juicio Político constituye una infracción al debido proceso y al derecho a la defensa de la acusada.
Fuente: Tendencias de Noticias
El proceso de Jury de Enjuiciamiento en Argentina
En Argentina, el Jury de Enjuiciamiento es un mecanismo constitucional destinado a evaluar la conducta de magistrados y fiscales que son denunciados por mal desempeño de sus funciones. El proceso se desarrolla en varias etapas:
- Denuncia: Cualquier ciudadano o institución puede presentar una denuncia ante la Comisión Permanente de Juicio Político de la Legislatura.
- Admisibilidad: La Comisión analiza si la denuncia cumple con los requisitos formales y si existen elementos para abrir el procedimiento.
- Instrucción: Si se admite la denuncia, se investiga el caso, incluyendo la recopilación de pruebas y testimonios.
- Acusación: Si se encuentran elementos suficientes, la Comisión formula la acusación formal y eleva el caso al Jury de Enjuiciamiento.
- Jury: El tribunal, conformado por jueces, legisladores y abogados, evalúa el caso en un juicio donde ambas partes presentan pruebas y argumentos.
- Decisión: El Jury puede absolver al acusado o disponer su destitución del cargo si se comprueba el mal desempeño.
En el caso de la jueza Ballesteros, el proceso continúa tras las resoluciones del Jurado. Las audiencias se reanudarán en febrero de 2025, cuando concluya el receso estival.