El “rey del tabaco”, Pablo Otero, deberá pagar los impuestos internos a los cigarrillos por fallo de la Corte Suprema. El órgano máximo del Poder Judicial revocó una sentencia que permitía a la Tabacalera Sarandí eximirse del pago del tributo.
Durante años, la empresa de Pablo Otero logró evadir el impuesto interno mínimo gracias a diversas medidas cautelares argumentando que el tributo era inconstitucional. Según la Tabacalera Sarandí S.A., los montos mínimos superaban los precios de comercialización de sus productos.
Tras un planteo de la AFIP, la Corte dejó sin efecto la sentencia emitida por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. lA partir de la fecha, Otero deberá cumplir con las disposiciones de la Ley 27.430 y tributar el monto correspondiente.
El empresario es conocido como el “Rey del tabaco” porque cuenta con 19 sociedades, al menos, distribuidas por todo el mundo, incluyendo países como Estados Unidos, Brasil o Panamá. Otros miembros de su familia, y quien se supone que es su pareja, también participan de estas sociedades.
“El pasado 28 de mayo, la Corte dejó sin efecto cuatro medidas cautelares concedidas a Tabacalera Sarandí S.A., que frenaban el accionar del fisco para perseguir el cobro del impuesto interno al tabaco. En el acuerdo de Ministros siguiente, el 4 de junio, dejó sin efecto una medida cautelar similar, pero de otra tabacalera: Bronway Technology S.A”, expresaron desde el máximo tribunal.
La causa de fondo, es decir, la inconstitucionalidad del impuesto a los cigarrillos, aún está pendiente de resolución. Si bien quedó abierta la posibilidad de futuras revisiones y ajustes, la resolución final establecerá de manera definitiva cuáles son las obligaciones fiscales de todas las empresas del rubro en el país.