La Justicia del Trabajo resolvió este martes conceder la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT), suspendiendo temporalmente la aplicación de las normas laborales incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei. Este fallo representa el primer freno impuesto por los tribunales a los alcances del mencionado decreto.
En el fallo, se destaca la importancia de respetar las formas republicanas, señalando que estas no son meramente retóricas, sino que constituyen la esencia misma del sistema. La decisión judicial establece una suspensión provisional de la aplicación de las disposiciones laborales del DNU y destaca la necesidad de preservar derechos fundamentales.
Cabe destacar que existen otros recursos y presentaciones judiciales en curso que cuestionan la constitucionalidad del DNU, y este fallo de la Justicia del Trabajo representa un primer paso en este proceso.
“Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, se sostuvo.
La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo, compuesta por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, firmó la decisión de conceder la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT), suspendiendo temporalmente la aplicación de las normas laborales del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, emitido por el presidente Javier Milei. El fallo destaca la importancia de respetar las formas republicanas y subraya que estas constituyen la esencia misma del sistema.
La jueza Dora González, en disidencia, argumentó que el caso debía trasladarse a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que determine qué fuero debe tramitar el expediente, según lo sugerido por la fiscalía. González expresó que el DNU no evidenciaría objetivamente la necesidad y urgencia de adoptar tantas medidas, y cuestionó la falta de intervención del Poder Legislativo en la legislación de fondo.