Este jueves, el Senado aprobó una ley que modifica el Impuesto a las Ganancias, elevando el piso del mínimo no imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince salarios mínimos, vitales y móviles y que regirá a partir de 2024.
La vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, estuvo presente en el recinto durante la votación. La iniciativa recibió el respaldo de 38 votos, provenientes del Frente de Todos, sus aliados y Unidad Federal, mientras que Juntos por el Cambio se manifestó en contra con 27 votos. Esto generó una reacción entusiasta en los palcos, donde se encontraban sindicalistas notables como Pablo Moyano y Sergio Palazzo, quienes comenzaron a entonar la marcha peronista en señal de celebración.
La ley, propuesta por el ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el Impuesto a las Ganancias al introducir un nuevo impuesto sobre los ingresos que superen el equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM). Esta medida establece una tasa progresiva sobre el excedente, que oscila entre el 27% y el 35%, y se actualizará de forma semestral en función de la evolución del SMVM.
NINGÚN TRABAJADOR VOLVERÁ A PAGAR GANANCIAS
Desde hace más de 10 años vengo sosteniendo que #ElSalarioNoEsGanancia, sino que es el pago por el trabajo que hacen cada día. Desde ahora, la eliminación del Impuesto a las Ganancias para las y los trabajadores es una realidad. pic.twitter.com/62RAZ0XARk
— Sergio Massa (@SergioMassa) September 29, 2023
En base a este esquema, los puntos principales del proyecto contemplan la creación de un nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.
De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.
En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos, vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.
El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del período fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.
Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.