El Senado de la Nación aprobó el jueves el proyecto de reforma de la Ley de Alquileres, introduciendo algunas modificaciones en la iniciativa que había sido sancionada a fines de agosto en la Cámara de Diputados. Como resultado de estos cambios, el proyecto deberá regresar a la Cámara de origen para una segunda revisión, en la cual solo podrán aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.
En la Cámara alta, el proyecto fue aprobado con 37 votos a favor y 29 en contra, recibiendo el respaldo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que forman parte del bloque de Unidad Federal. Por otro lado, Juntos por el Cambio votó en contra, ya que su intención era aprobar el proyecto tal como había llegado en revisión desde la Cámara de Diputados y sancionar la ley en la misma sesión del Senado.
El proyecto original proveniente de Diputados establecía que las partes deberán acordar el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio del contrato de arrendamiento. Para ello, podrían utilizar el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), todos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), o una combinación de estos índices.
En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.
El proyecto aprobado en Senado además modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.
Finalmente, se suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.
Cuáles son las reformas introducidas por la Cámara de Senadores
- Los contratos seguirán manteniendo la vigencia por 3 años.
- Los ajustes serán en forma semestral en lugar de anual como lo son actualmente.
- Para los ajustes, se aplicará el índice “Casa Propia” que tiene en cuenta el menor índice entre el promedio de variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Actualmente se realiza a través del ICL que elabora el Banco Central donde también combina suba de salarios e inflación pero en porcentajes diferentes.
- Los contratos deberán realizarse en moneda nacional.
- Habrá incentivos impositivos para quienes pongan su vivienda en alquiler.
- Desde el sector inmobiliario son escépticos en cuanto a un efecto positivo en un mercado con fuerte retracción de la oferta.
