En el marco de las elecciones del 22 de octubre que se desarrollan hoy, donde todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años tienen que ir a votar para elegir al próximo presidente de la Argentina. En caso de no presentarse, la persona recibirá sanciones y multas, establecidas por la Justicia Nacional Electoral.

De acuerdo a la Ley 19.945, el voto en Argentina es universal, secreto y obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años, por lo que no presentarse conlleva a una serie de sanciones para la persona. Sin embargo, para personas de 16 y 17 años el sufragio no es obligatorio, al igual que los adultos mayores de 70 años.

La Justicia Nacional Electoral sanciona con multas a quienes no concurran a votar y no presentan una justificación al respecto. Al mismo tiempo, se los incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar, donde tendrán multas progresivas.

Además, sanciona a los ciudadanos que no se acerquen a las urnas impidiendo que puedan realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires durante un año, ni desempeñar en funciones o empleos públicos por tres años.

Cuando la persona puede justificar su ausencia, tendrá un plazo de sesenta días luego de la elección para presentarse ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral más cercano a su domicilio junto con la documentación que respalde el motivo por el cual no sufragaron.

Excepciones

  • Si el día de las elecciones se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de votación.

  • Si la persona está enferma o imposibilitada de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas.

  • Si el ciudadano es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y está impedido de asistir a votar por razones relacionadas con el cumplimiento de funciones.

Si no se votó, es posible consultar las multas electorales en el Registro de Infractores al Deber de Votar de la Cámara Nacional Electoral. Allí se debe ingresar el número de DNI, el género, el distrito electoral y un código de validación.

Además se puede justificar la ausencia a las urnas en un periodo de sesenta días después de la elección, las sanciones económicas pueden ir desde los 50 pesos hasta los 500 pesos para los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 70.

A su vez, las multas se aplican de manera progresiva dependiendo de la cantidad de infracciones previas sin regularizar, es decir sin abonarlas o justificarlas, que tenga la persona.

  • Si el elector no tiene sanciones previas sin regularizar sólo deberá pagar 50 pesos.

  • Si cuenta con una infracción previa el monto será de 100 pesos.

  • En tanto, si el votante tiene dos infracciones sin regularizar el valor llegará a los 200 pesos.

  • Si tiene tres infracciones previas sin abonar, la multa ascenderá a 400 pesos.

  • Si el elector tiene cuatro o más infracciones previas sin regularizar el monto a pagar será de 500 pesos.

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